Como vendedor debe pagar el Impuesto sobre la Renta (ISR), en ocasiones puede quedar exento (por ejemplo: cuando enajena la casa habitación y no ha vendido otro bien inmueble en los últimos tres años, y el precio no exceda de cierta cantidad de dinero. Asimismo, puede deducir considerablemente los impuestos en dependencia de ciertos factores (por ejemplo: las comisiones a la inmobiliaria). Debe pagar la comisión a los agentes de bienes raíces, aunque en ocasiones, algunos asesores inmobiliarios piden una suma de dinero al comprador a cambio de trabajar arduamente para alcanzar un descuento por la otra parte.
Como comprador, por lo general, va a pagar los gastos notariales, los cuales pueden variar muchísimo, y dependerá de condiciones como: la notaría y la ubicación y el valor del inmueble, entre otras. El notario es un fedatario público imparcial, que se limitará a cumplir las formalidades que exige la ley. Pero los abogados de ALBEST LAW & REAL ESTATE velaremos por sus intereses, lo ayudaremos a verificar la legitimidad del título de propiedad, y que este se encuentre libre de gravámenes; buscaremos la mejor notaría para su caso específico; realizaremos el contrato de compraventa y brindaremos un total seguimiento al proceso de compraventa, en aras de ofrecer la certeza jurídica que usted necesita.